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Miguel Krassnoff suma nueva condena: 8 años de presidio por Operación Colombo

  • Por Meganoticias

Agencia Uno

La Corte Suprema condenó a 13 exintegrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro calificado de Félix Edmundo Lebrecht Díaz-Pinto, en el marco de la denominada "Operación Colombo".

La Segunda Sala del máximo tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos en contra de la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko a 8 años de presidio, en calidad de autores del delito.

Además, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torré Sáez, Hermon Alfaro Mondaca, Nelson Paz Bustamante, José Aravena Ruiz, Claudio Pacheco Fernández, José Ojeda Obando, Gerardo Meza Acuña, José Fuentealba Saldías y Raúl Rodríguez Ponte deberán cumplir penas de 5 años y un día de presidio, como coautores; y Orlando Manzo Durán 3 años y un día de cárcel como cómplice.

Por otra parte, en el caso de Óscar de la Flor Flores, Sergio Díaz Lara, Roberto Rodríguez Manquel, Manuel Avendaño González, Alejandro Astudillo Adonis, Demóstenes Cárdenas Saavedra, Fernando Lauriani Maturana, José Mora Diocares, Nelson Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera y Moisés Campos Figueroa se dictó su absolución.

En fallo dividido se estableció que el día 01 de octubre de 1974, Félix Edmundo Lebrecht Díaz-Pinto, fue detenido por agentes pertenecientes a la DINA, quienes lo introdujeron a una camioneta y lo trasladaron al recinto clandestino de detención denominado “José Domingo Cañas”, y trasladado el 04 de octubre de ese mismo año al campamento de detenidos de la DINA denominado “Cuatro Álamos”.

Por otra parte, se estableció que durante los días de estadía en los cuarteles de José Domingo Cañas y Cuatro Álamos, permaneció sin contacto con el exterior, y en el primero de ellos estuvo con la vista vendada y amarrado, siendo sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA.

Debido a estos apremios ilegítimos, la víctima “resultó con secuelas de trastorno por estrés post-traumático, con repercusión permanente en el desarrollo de su personalidad”.

Finalmente, en el aspecto civil se ordenó al Estado de Chile al pago de una indemnización de 100 millones de pesos a Lebrecht Díaz-Pinto.