¿Desde qué edad se puede sacar la Cuenta RUT?
- Por Meganoticias
La Cuenta RUT de BancoEstado es una cuenta vista que se puede utilizar tanto en Chile como en el extranjero. Este producto no tiene costo de apertura ni de mantención e incluso la pueden obtener las y los menores de edad que cumplan con ciertos requisitos.
Uno de los aspectos clave para quienes desean acceder a este producto bancario es conocer la edad mínima para solicitarla. BancoEstado ha definido condiciones específicas según el sexo de la persona y si es o no mayor de edad, las cuales deben ser consideradas al momento de iniciar el trámite.
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¿A qué edad se puede obtener la Cuenta RUT?
La Cuenta RUT puede ser solicitada por personas chilenas o extranjeras que cuenten con cédula de identidad nacional vigente. En cuanto a la edad, los requisitos son los siguientes:
- Mujeres desde los 12 años
- Hombres desde los 14 años



En ambos casos, si el solicitante aún no cumple los 18 años, debe acudir acompañado por su representante legal (padre, madre u otro adulto debidamente inscrito en el Registro Civil) para firmar el contrato correspondiente. Tanto el menor como el representante deben presentar su cédula de identidad vigente.
LO ÚLTIMO¿Cómo abrir la Cuenta RUT para menores de edad?
Si eres menor de 18 años, puedes solicitar tu Cuenta RUT mediante la App BancoEstado, siempre que tu padre o madre sea cliente del banco. Existen dos formas de hacerlo:
- Descargando la App BancoEstado y siguiendo los pasos indicados para crear la cuenta.
- Solicitándola directamente desde la App del padre o madre, ingresando al menú “Más”, opción “Abrir Cuenta” y luego “CuentaRUT para menores de edad”.
En caso de que el menor o el padre/madre sea extranjero, el adulto responsable no sea cliente BancoEstado, o el menor esté a cargo de un tutor o representante legal distinto, el trámite para abrir una Cuenta RUT deberá realizarse en una sucursal del banco.
Para ello, se debe presentar:
- Cédulas de identidad vigentes del menor y del adulto responsable.
- Certificado de nacimiento del menor o libreta de familia que indique la relación parental.
- Si el documento es extranjero, debe estar legalizado o apostillado según corresponda.
- En caso de representación legal distinta, debe presentarse una resolución judicial ejecutoriada que otorgue la representación del menor.
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