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Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Qué monto reciben los empleados públicos?

  • Por Meganoticias

Se acerca la celebración de las Fiestas Patrias y la entrega del respectivo aguinaldo por parte del Estado. Para este 2021 serán beneficiarios los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) y los trabajadores del sector público.

Más específicamente, la bonificación se otorgará a los empleados que, al 31 de agosto del año 2021, se desempeñen de planta o a contrata en organismos públicos.

¿Qué monto reciben los funcionarios públicos?

El monto que reciben los empleados públicos dependerá de su sueldo. En detalle:

  • Los trabajadores con renta líquida igual o inferior a $794.149, recibirán un aguinaldo de $76.528.
  • Los trabajadores con renta líquida superior a $794.149, recibirán un aguinaldo de $53.124.

El dinero recibido por el aguinaldo será de libre disposición para quienes lo reciban y no serán imponibles ni tributables; por lo que no estarán afectos a descuento alguno.

¿Hay aguinaldo en el sector privado?

Según informaron desde Chile Atiende, entregar un aguinaldo de Fiestas Patrias a los trabajadores privados no es obligación de los empleadores.

No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:

  • Esté contemplado en su contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores.

En algunos casos, el aguinaldo también se puede convertir en un derecho adquirido. Es decir, cuando un beneficio no está estipulado en el contrato, igualmente puede transformarse en un derecho adquirido o tácito para el trabajador.

Para eso, se deben cumplir requisitos como:

  • Que el beneficio se dé en forma permanente en el tiempo y durante un período significativo.
  • Que haya voluntad de las partes.
  • La modificación no puede referirse a materias reguladas por ley o de casos en que expresamente la ley ha requerido una modificación del contrato de trabajo.

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