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Cuarto retiro de AFP: Esto es lo que debe ocurrir para que sea aprobado

  • Por Meganoticias

El cuarto retiro de los fondos previsionales de AFP tendrá una etapa decisiva el próximo miércoles 1 de septiembre, cuando la Cámara de Diputadas y Diputados retome la discusión y vote las iniciativas.

Este trámite ocurrirá en medio de la incertidumbre que surgió en los últimos días, debido a los argumentos en contra que han realizado expertos e, incluso, de empresas financieras de Estados Unidos.  

De todos modos, las etapas legislativas ya están definidas en el Congreso Nacional para que, si así lo definen los parlamentarios, el cuarto retiro de los ahorros se convierta posiblemente en ley.

¿Qué falta para que el cuarto retiro sea eventualmente aprobado?

Los proyectos del cuarto retiro aún deben pasar por un largo trámite legislativo para que se conviertan eventualmente en ley y los afiliados puedan retirar sus ahorros.

La primera etapa que deben sortear está fijada para el miércoles 1 de septiembre, cuando la Cámara de Diputados discuta y vote las medidas. Esta discusión es general, es decir, la Sala aprueba o rechaza la idea de legislar las iniciativas, aceptando o desechando las premisas fundamentales de los proyectos.

Suponiendo que las medidas son aprobadas —y que la Sala no presenta indicaciones para ser analizadas nuevamente por la Comisión de Constitución—, se da inicio a la discusión en particular para revisar, artículo por artículo, cada una de las medidas.

Si están los votos para su aprobación, el cuarto retiro pasa a su segundo trámite constitucional, siendo el Senado el responsable de estudiar las eventuales legislaciones.

¿Qué debe ocurrir en el Senado para que el cuarto retiro se convierta en ley?

El trámite en este segundo proceso es similar a la primera etapa del proceso constitucional. Vale decir, el Senado designará a la Comisión de Constitución de la Cámara Alta a revisar los proyectos y luego derivarlos para que sea votado en general y particular por la totalidad de los senadores.

Si no se presentan indicaciones y es aprobado, entonces el cuarto retiro se despacha y queda en condiciones de convertirse en ley, siempre y cuando el Presidente de la República también lo apruebe.

Cabe recordar que el Presidente tiene la potestad de firmar la promulgación o presentar un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) para evitar que el cuarto retiro se convierta en ley:

  • Si firma el documento, la nueva ley debe ser publicada en el Diario Oficial para entrar en vigencia y permitir que los cotizantes de AFP ejecuten el retiro de ahorros.
  • Pero si opta por el segundo escenario, el TC será la entidad responsable de definir el futuro de la medida: se convierte en ley o es catalogado como inconstitucional, desechando toda posibilidad de un cuarto retiro.

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