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Suspensión de pago del CAE: Conoce quiénes pueden optar al beneficio

  • Por Meganoticias

Al terminar la enseñanza superior, una de las grandes responsabilidades que tienen los nuevos profesionales es pagar las cuotas del Crédito con Garantía Estatal (CAE), con el cual se financió la carrera universitaria o técnica.

Puede haber varias complejidades que dificultan el pago de las cuotas, pero en plena crisis socioeconómica del coronavirus, tales razones se profundizan por estar cesante o desempleado, por ejemplo.

Por lo mismo, existe un beneficio educacional que consiste en la Suspensión del pago de las cuotas del CAE durante 6 meses (renovables) por precisamente estar en situación de cesantía o desempleo, es decir, estar imposibilitado económicamente para saldar el crédito.

¿Cuáles son los requisitos del beneficio?

Según señala la Red de Protección Social del Gobierno, existen dos condiciones distintas para acceder al beneficio. Tales son:

  • Si la persona es deudora de un Crédito CAE y no está al día con el pago de la deuda, puede presentar la solicitud de suspensión antes de cumplirse los 45 días corridos desde la fecha en que debía pagar.
  • Si es deudora del crédito reprogramado CORFO y no está al día con el pago, puede presentar la solicitud de suspensión siempre que no hayan pasado más de 45 días hábiles desde la fecha en que debía pagar.

¿Qué documentos debo presentar?

Los antecedentes que se deben adjuntar dependerán de cuál sea la opción seleccionada, es decir: suspender el pago por cesantía o suspender el pago por desempleo, dado que no son lo mismo. Por ejemplo:

  • Para solicitar la suspensión por cesantía debes tener cotizaciones previsionales pagadas, producto de un contrato de trabajo, en los últimos 12 meses.
  • Para solicitar la suspensión por desempleo, en los últimos 12 meses no debes haber cotizado en el sistema previsional por no tener contrato de trabajo, o bien, tú has pagado las cotizaciones voluntariamente o la Tesorería General de la República lo hizo por ti.  

Los documentos a presentar también dependen de si la persona es deudora por el Crédito CAE o por el Crédito Reprogramado CORFO.

Documentos para deudores del CAE

  • Declaración jurada de cesantía (obligatorio).
  • Acreditación de situación familiar (obligatorio).
  • Comprobante de la última cuota pagada (solo si la persona está pagando el crédito).
  • Carpeta tributaria para solicitar créditos del Servicio de Impuestos Internos (obligatorio).
  • Acreditación de cesantía (obligatorio solo si se seleccionó la suspensión por cesantía).
  • Certificados de ingresos percibidos por el/la cónyuge, conviviente o conviviente civil (solo si está casado o conviviendo).
  • Otros ingresos del grupo familiar (sólo si tienes otro tipo de rentas).

Documentos para deudores del Crédito CORFO

  • Declaración jurada de cesantía (obligatorio).
  • Comprobante de la última cuota pagada (solo si la persona está pagando el crédito).
  • Carpeta tributaria para solicitar créditos del Servicio de Impuestos Internos (obligatorio).
  • Acreditación de cesantía (obligatorio solo si se seleccionó la suspensión por cesantía).
  • Otros ingresos (solo si percibe otro tipo de rentas).

¿Dónde solicitar el beneficio?

Para quienes cumplen con los requisitos y deseen acceder a la suspensión del pago de las cuotas, pueden solicitar el beneficio en el sitio web www.cesantia2.ingresa.cl, en donde tienen que ingresar con su Clave Única o con la Clave Ingresa.

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