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Subsidio Maternal: Revisa quiénes pueden solicitar este aporte

  • Por Meganoticias

El Subsidio Maternal es un beneficio que entrega un monto en dinero a mujeres que estén en etapa de pre o postnatal y que trabajen de manera dependiente o independiente.

Este beneficio se paga en reemplazo de la renta de la trabajadora o del trabajador, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la ley y tengan derecho a la licencia médica (descanso).

En concreto, para recibir este beneficio, la mujer debe tener derecho a alguna de las siguientes licencias médicas:

  • Prenatal y prenatal suplementario.
  • Postnatal y postnatal prolongado.
  • Postnatal parental.
  • Permiso por enfermedad grave del niño menor de un año.
  • Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP), es decir, la extensión del postnatal a las madres y a los padres, cuyo permiso postnatal parental termine entre el 18 de marzo y la fecha hasta que se extienda el estado de excepción (actualmente vigente hasta el 14 de septiembre de 2020).

¿Quiénes pueden solicitar el subsidio?

Los requisitos para la postulación variarán según el tipo de trabajo y son los siguientes:

Las trabajadoras dependientes, del sector privado o público, deben tener:

  • Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.
  • Tres meses de cotizaciones (90 días) dentro de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica.
  • Contrato de trabajo vigente.

Trabajadoras dependientes, con contratos por día, turnos o jornadas, que tengan:

  • Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.
  • 30 días de cotizaciones (continuas o discontinuas) dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica.
  • Contrato de trabajo vigente.

Trabajadoras independientes voluntarias que tengan:

  • 12 meses de afiliación previsional (AFP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.
  • Seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que se inició la licencia.
  • Al día el pago de sus cotizaciones, es decir, pagaron la cotización correspondiente al mes anterior a aquel en que se inicie la licencia médica.

Trabajadoras independientes obligadas a cotizar:

  • Deben acreditar esta calidad presentando el comprobante de pago de sus cotizaciones ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
  • Quedan exentas de los demás requisitos a contar de julio del año en que realizan su primera declaración de renta hasta el 30 de junio del año siguiente.

¿Cómo se solicita el subsidio?

Para solicitar el Subsidio Maternal, es necesario que la beneficiaria cuente con una licencia médica.

En primera instancia, la Compin o Isapre resuelven el derecho al descanso maternal y, en caso de que la licencia sea autorizada, se determina si corresponde el derecho al Subsidio Maternal, monto de dinero que se paga en reemplazo de la remuneración.

También se solicitarán los antecedentes requeridos según el tipo de trabajador o trabajadora y el tipo de licencia médica.

¿Qué monto recibiré?

Este subsidio se pagará por día desde el primer día de la licencia médica si ésta es superior a 10 días; o desde el cuarto día si la licencia es igual o inferior a 10 días.

El monto diario del subsidio no puede ser inferior a la trigésima parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales. Es decir:

  • Ingreso mínimo para fines no remuneracionales (a partir de marzo de 2020): $206.590.
  • 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $103.295.
  • Trigésima (30) parte del 50% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales: $3.443 (monto mínimo del subsidio).

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