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Renta Básica Universal: Conoce cuál sería el único requisito para recibir los pagos

  • Por Meganoticias

Durante los últimos meses, tanto el Gobierno como la oposición han presentado ideas para apoyar a las familias con aportes monetarios, y así paliar los efectos de la crisis socioeconómica del coronavirus en nuestro país.

Desde La Moneda surgió el Bono IFE Ampliado, cuyo pago de $100 mil por integrante familiar correspondiente a mayo se realiza a partir de este lunes 31. Cabe recordar que las postulaciones para el aporte de mayo ya finalizaron y que hay hogares que recibirán el monto de manera automática, sin haberlo solicitado.

Por otra parte, la oposición ha insistido con una Renta Básica Universal de Emergencia, la que pretende reemplazar precisamente al IFE Ampliado, ya que contempla mayores montos y extiende el universo de potenciales beneficiarios.  

¿Cuál sería el único requisito para recibir los pagos del beneficio?

Si bien es un proyecto que recién se encuentra en primer trámite constitucional y que aún no ha sido puesto en tabla para ser revisado en la Comisión de Constitución, sus autores plantean que existe un solo requisito para acceder a los pagos.

En ese sentido, dado que pretende ser "universal", esta renta se entregaría al 100% de las familias inscritas en el Registro Social de Hogares (RSH), siendo así este el único requisito, y el monto sería "equivalente al monto de la línea de la pobreza definida mensualmente por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia", según señala la iniciativa.

Se trata de una propuesta "ambiciosa" para lo que puede entregar el Estado, aunque su costo "se solventará, en parte, por los recursos del Fondo COVID ya previstos por el Ejecutivo para financiar el Ingreso Familiar de Emergencia, cuya cobertura fue ampliada recientemente y que se proyecta hasta junio, al menos", declaran los autores.

¿Qué monto recibiría mi familia?

Las familias recibirían el pago en la Cuenta RUT del o la jefe de hogar, a través de mecanismos similares o mediante pagos presenciales. En cuanto a los montos, estos variarán según la cantidad de integrantes de cada hogar y serían los siguientes:

  • 1 persona: $229.061
  • 2 personas: $372.111
  • 3 personas: $494.238
  • 4 personas: $604.495
  • 5 personas: $706.692
  • 6 personas: $802.892
  • 7 personas: $894.375
  • 8 personas: $982.006
  • 9 personas: $1.066.402
  • 10 personas: $1.148.025

¿Cómo puedo inscribirme en el Registro Social de Hogares?

Estar inscrito en el RSH no solo permitiría acceder al beneficio si se convierte en ley. Tal es la importancia de este sistema, que es uno de los principales organismos que utiliza el Estado para seleccionar a los beneficiarios de las ayudas sociales, debido a su porcentaje de vulnerabilidad.

La inscripción a este sistema la puede realizar cualquier integrante del hogar mayor de 18 años en rsh.ministeriodesarrollosocial.gob.clNo tiene ningún costo y se necesita contar con Clave Única. Tras ingresar al sitio web, el trámite de la solicitud consiste en estos pasos:

Adjuntar los siguientes documentos:

  • Formulario de solicitud (firmado por el solicitante y por todas las personas adultas que componen el hogar), el cual se despliega en el mismo sitio web.
  • Copia de cédula de identidad de quienes firman el formulario.

Adjuntar, para acreditar residencia, uno de estos documentos que contenga el nombre de algún integrante del hogar:

  • Escritura o certificado de dominio vigente de la propiedad.
  • Certificado de avalúo fiscal.
  • Boleta de servicios básicos (luz, agua, gas, teléfono), con una antigüedad máxima de 3 meses.
  • Contrato de arriendo.
  • Certificado de residencia emitido por la junta de vecinos.
  • Declaración emitida por la directiva de una comunidad indígena acreditada por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
  • Estado de cuenta emitido por casas comerciales, instituciones bancarias, institución de salud previsional.
  • Estado de cuenta emitido por la empresa proveedora de servicios de telefonía (fija o móvil) o de televisión.
  • Cartola emitida por la administración de fondo de pensión.

Adjuntar, para acreditar composición familiar:

  • Copia de la cédula nacional de identidad de todas las personas adultas que componen el hogar.
  • Certificado de nacimiento de los niños y niñas, con sub inscripción de “cuidado personal” cuando corresponda.
  • Declaración jurada simple con la autorización de desvinculación del niño o niña del o la responsable de su registro de origen (para la incorporación de niños o niñas bajo cuidado personal informal).
  • Declaración jurada simple firmada por la persona que sea designada como jefe de hogar con la autorización de incorporación de niños o niñas bajo cuidado personal informal.

¿Cuándo será aprobada mi solicitud?

Una de las etapas del proceso consiste en la visita de encuestadores municipales que corroborarán los datos ingresados. Sin embargo, debido a la crisis del coronavirus, estas visitas se encuentran suspendidas, por lo que las solicitudes de inscripción serán aprobadas automáticamente de forma excepcional hasta que finalice la emergencia sanitaria.

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