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Préstamo Solidario Clase Media: Revisa el estado de pago de tu beneficio

  • Por Meganoticias

Una de las ayudas creadas por el Gobierno para solventar la crisis socioeconómica del coronavirus es el Préstamo Solidario para la Clase Media 2021, cuyo proceso de solicitud comenzó el pasado 8 de mayo.

Específicamente, se trata de un aporte monetario destinado para el trabajador que sufrió una caída de al menos un 10% en sus ingresos o cuyo sueldo promedio mensual en 2019 fue igual o mayor a $298.833, sin tope máximo.

Puede ser solicitado en un máximo de tres ocasiones, pero si la persona fue beneficiada con el Bono Clase Media solo podrá pedirlo hasta en dos oportunidades. Asimismo, la postulación se realiza con la Clave Única o Clave Tributaria en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII). 

Consulta el estado de pago del beneficio

Formalmente, la Tesorería General de la República (TGR) tiene un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud, para entregar o depositar el monto correspondiente del préstamo al postulante.

De ese modo, quienes lo solicitaron el sábado 8 de mayo (día en que comenzó el proceso), pueden recibir el dinero, a más tardar, este lunes 24 de mayo.

El monto se entregará al beneficiario según los datos de pago indicados en su postulación, los cuales pueden ser: transferencia bancaria en una cuenta personal o pago por caja en Banco Estado.

Para quienes deseen conocer en detalle el estado de pago del beneficio, pueden realizar la consulta en el sitio web que habilitó la TGR: www.tgr.cl/prestamo-clase-media/, para luego hacer click en el recuadro "Consultar Pago Préstamo Clase Media 2021".

Tras ingresar con su Clave Única o Clave Tributaria, la persona debe seleccionar el mes de mayo (o el mes correspondiente a cuando solicitó el préstamo) para conocer un detallado seguimiento del pago.

¿Cómo se devuelve el préstamo?

El beneficio tendrá un año de gracia y se devolverá en cuatro cuotas anuales y sucesivas (a partir de 2023), sin multas ni intereses, que no excederán el 5% de los ingresos anuales. La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres cuotas, al 30%.

En el caso de los pensionados, el préstamo deberá ser devuelto a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses.

Respecto a pensionados de rentas vitalicias, la Aseguradora de Fondos de Pensión o el organismo pagador deberá retener del monto de esta renta el valor de la cuota correspondiente.

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