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Este sábado inician las postulaciones al Préstamo Clase Media: Conoce quiénes lo pueden recibir

  • Por Meganoticias

Este sábado 8 de mayo comienzan las postulaciones para el Préstamo Solidario para la Clase Media.

Este beneficio es un crédito estatal, de un tope máximo de $650.000, que está dirigido a los trabajadores que hayan visto una caída de al menos un 10% en sus ingresos producto de la pandemia.

El crédito se podrá solicitar en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) a partir de este sábado.

Para realizar la postulación no es necesario adjuntar ningún documento, sin embargo, el postulante debe contar con Clave Tributaria del SII o Clave Única para ingresar al sitio.

¿Quiénes pueden solicitar el préstamo?

El Préstamo Solidario para la Clase Media podrá ser solicitado por las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Trabajadores dependientes e independientes y empresarios individuales, que hayan experimentado una disminución de al menos un 10% en sus ingresos formales, entre el segundo semestre de 2019 y el segundo semestre de 2020.
  • En el caso de funcionarios públicos, se considerará su ingreso promedio anualizado para la estimación de la caída de este.
  • También podrán postular pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia con un monto igual o inferior a $408.125.

¿Cuántas veces se pueden solicitar los $650.000?

El crédito se podrá pedir dos veces, y los trabajadores que no hayan recibido el Bono Clase Media podrán pedirlo en tres oportunidades.

Los pensionados también podrán solicitarlo tres veces y se les otorgará, como máximo, el mismo monto que reciben como pensión.

El crédito tendrá un año de gracia y se pagará a partir de 2023 en cuatro cuotas anuales y sucesivas.
Estas cuotas no tendrán multas ni intereses y tampoco excederán el 5% de los ingresos anuales del beneficiario.

En el caso de los pensionados, el préstamo deberá ser devuelto a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, que no podrán exceder el 5% del monto de la pensión. Estas cuotas deberán ser iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses.

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