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Primarias 2020: Revisa aquí si te corresponde ser vocal de mesa

  • Por Meganoticias

El domingo 29 de noviembre se efectuarán las Elecciones Primarias para alcaldes y gobernadores regionales, de cara a las votaciones para dichos cargos que se desarrollarán en abril del 2021.

Este proceso, a diferencia del reciente Plebiscito o de otras elecciones, no se realiza a nivel masivo en todo el país y su cantidad de votantes es acotada, debido a que solo pueden sufragar los ciudadanos inscritos en un partido político que participe de las Primarias y los independientes no afiliados que así lo deseen.

Designación de vocales

Sin embargo, como en todo proceso electoral es necesaria la presencia de vocales de mesa que reciban y posteriormente contabilicen los sufragios emitidos por los votantes.

Por eso es que este sábado 7 de noviembre, las Juntas Electorales publicaron la nómina de vocales designados para las Mesas Receptoras de Sufragios.

En esta jornada, además, se dieron a conocer los miembros de los Colegios Escrutadores, los delegados y los locales de votación.

Dónde revisar 

Como es usual, para revisar si alguien fue designado o no como vocal de mesa se debe ingresar al sitio web del Servicio Electoral (Servel) y dirigirse a la sección de Consulta de Datos Electorales.

Allí, se debe digitar el RUT, sin puntos y con guión, ante lo que se desplegará una lista con todos los datos personales, incluyendo si se fue o no convocado para ejercer como vocal en las Primarias 2020.

Plazo para presentar excusas

En caso que una persona efectivamente haya sido designada como vocal de mesa, entre el lunes 9 y el miércoles 11 de noviembre tendrá plazo para que pueda presentar sus excusas respectivas si es que no puede desempeñar esa función.

Finalmente, el sábado 14 de noviembre, las Juntas Electorales publicarán las nóminas de los vocales de mesa convocados como reemplazantes, quienes no tendrán la opción de excusarse de realizar esta labor.

¿Quiénes se pueden excusar?

Estos son los motivos para excusarse de ser vocal de mesa que pueden presentar las personas que hayan sido designadas para ese rol, según lo establecido en el artículo 49 de la Ley 18.700 y lo integrado por el Consejo Directivo del Servel:

  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kms. o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral.

  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.

  • Tener más de 60 años de edad.

  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.

  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).

  • Las excusas se deben presentar ante el Secretario de la Junta Electoral que lo designó Vocal de Mesa, invocando alguna de las causales de inhabilidad contempladas en los Art. 45 y 49 de la Ley N° 18.700.

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