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Flexibilización y beneficios del Seguro de Cesantía: Revisa cómo realizar el trámite vía web

  • Por Meganoticias

La Ley que flexibiliza el acceso y beneficios del Seguro de Cesantía y perfecciona la Ley de Protección al Empleo ya entró en vigencia y se extiende hasta el próximo 31 de octubre.

La norma tiene como objetivo es ayudar a más trabajadores que deban recurrir a sus ahorros en caso de desempleo o suspensión de labores.

Sobre el proceso, la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) informó:

  • Hasta el próximo domingo 13 de septiembre, el proceso se solicitud del seguro se realizará exclusivamente en www.afc.cl.
  • A partir del lunes 14 de septiembre, se sumará la posibilidad de realizar el trámite en las sucursales y puntos de atención de AFC, con agendamiento previo en la web.
  • La AFC cuenta con un máximo de 4 días para responder las solicitudes de los afiliados, informando vía correo electrónico las fechas y montos de pago, o los motivos del rechazo de la solicitud.

¿Cómo solicitar el Seguro de Cesantía en caso de desempleo?

Para solicitar el Seguro de Cesantía los afiliados deben ingresar a www.afc.cl con su Clave Única o clave de acceso AFC, teniendo a mano su cédula de identidad y finiquito firmado y ratificado u otro documento válido que acredite su cesantía.

En caso de que el afiliado esté cesante, tenga saldo en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y no tenga cotizaciones al menos en los últimos dos meses previos al trámite, desde ahora podrá solicitar el retiro total de saldo CIC en el mismo sitio web.

Para personas desempleadas que deseen retirar la totalidad de su saldo acumulado, deberán ingresar a la plataforma solo con su rut y número de serie del documento.

Los afiliados a la AFC que realicen el trámite podrán hacer sus consultas y apelaciones a través del canal "Contáctenos" en el sitio web del organismo.

Seguro de Cesantía por Ley de Protección al Empleo

En el caso del Seguro de Cesantía por Ley de Protección al Empleo el trámite lo realiza el empleador, por lo que los trabajadores no deben ingresar ningún documento, solo acordar con la empresa la suspensión de sus labores o la reducción de jornada.

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