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Ley de Portabilidad Financiera: Los productos que puedes portar a otra entidad

  • Por Meganoticias

El Gobierno promulgó la Ley de Portabilidad Financiera y tras la implementación de esta normativa, los clientes tendrán mayores libertades para cambiarse de una entidad pese a contar con productos contratados.

Según explicó el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, hoy este trámite "es costoso, es engorroso, es largo y es mucho papeleo y también implica costos financieros que deben enfrentar los usuarios, para moverse de una institución a otra. Con esta ley esos costos bajan y esos plazos se reducen, lo que facilita que yo me pueda mover".

La iniciativa busca generar una mejor oferta para los clientes, ya que al ser ellos quienes tengan la facultad de elegir la entidad financiera con la cual tendrán un producto, las empresas deberían mejorar las condiciones y generar una competencia positiva para mantener a su clientela.

¿Qué productos se podrán cambiar?

Según explica el ministro Briones, todos los productos financieros serán objetos de portabilidad, por ejemplo:

  • Cuenta de ahorro.
  • Cuenta Vista.
  • Chequera electrónica.
  • Tarjeta de Crédito.
  • Línea de Crédito.
  • Tarjeta Débito.
  • Crédito de consumo.
  • Crédito hipotecario.

Es importante destacar que la nueva Ley no establece un límite de cambios de entidad financiera, por lo que los clientes podrán hacerlo cuantas veces lo estimen conveniente y cuantas veces su solicitud sea aceptada por una compañía.

¿Desde cuándo se podrán realizar los cambios?

Desde la promulgación de la Ley, trámite que se realizó esta semana, comienza a regir un plazo de 90 días en que las entidades financieras como bancos, cooperativas de ahorro, cajas de compensación, etc, podrán adaptarse a la nueva normativa.

Una vez cumplido este plazo las entidades podrán comenzar a realizar los trámites para cumplir con los primeros traspasos de clientes. 

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