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Seguro de Cesantía: ¿Cómo cobrar el beneficio al quedar sin empleo?

  • Por Meganoticias

Producto de la emergencia sanitaria que atraviesa el país por el brote de coronavirus se esperan meses complicados para la economía del país. Según proyecciones del Gobierno, miles de chilenos quedarán sin empleo durante las próximas semanas y por ello se anunció un paquete de medidas para evitar que se dispare el desempleo y a la vez proteger el ingreso familiar.

El plan significa un gasto de 11.750 millones de dólares para el Estado, y además de la entrega del denominado "Bono Covid-19" a los sectores más vulnerables del país, se fortalecerá el Fondo de Cesantía Solidario.

Este último beneficio está destinado a las personas que hayan trabajado con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra o servicios, siempre que estén regidos por el Código del Trabajo.

Fondo de Cesantía Solidario en estado de Emergencia

Ante la emergencia actual que vive el país, el Gobierno anunció la flexibilidad para acceder a este beneficio. En el escenario actual no será necesario ser despedido para cobrar el Fondo de Cesantía Solidario.

Los trabajadores podrán hacer uso de los fondos en caso de que, debido a la situación actual, no estén cumpliendo sus labores. Los empleados que deban suspender su trabajo y permanecer en sus hogares por decreto de cuarentena u otra medida contingente, podrán cobra el Seguro pero sin ser desempleados.

El beneficio busca evitar que los trabajadores pierdan sus empleos, pero a la vez recibir parte de su remuneración durante el plazo que se extienda la actual emergencia por coronavirus.

Seguro de Cesantía en caso de despido

Para los trabajadores que por la situación actual u otras razones, sean despedidos, podrán cobrar su Seguro de Cesantía.

Para ello se debe acreditar la condición de cesante mediante cualquiera de estos documentos: finiquito, carta del despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial según corresponda.

El trabajador deberá tener cotizaciones desde la fecha de afilación o desde el último giro registrado en su cuenta individual. Se exigen seis cotizaciones, si el contrato es a plazo fijo, y 12 cotizaciones si el contrato es a plazo indefinido.

Se pueden realizar giros mensuales de su cuenta individual por cesantía como su saldo lo permita, de acuerdo a los siguientes porecentajes de la remuneración:

  • Primer mes de cesantía: 70%.
  • Segundo mes de cesantía: 55%.
  • Tercer mes de cesantía: 45%.
  • Cuarto mes de cesantía: 40%.
  • Quinto mes de cesantía: 35%.
  • Sexto mes de cesantía: 30%.
  • A contar del séptimo mes: 30%. 

Posteriormente, existen dos maneras para realizar el trámite para acceder al Seguro de Cesantía:

Por Internet

  • Reunir los antecedentes requeridos (Mantener la condición de cesante y tener seis cotizaciones, para contratos a plazo fijo, o 12 cotizaciones, para contratos a plazo indefinido, en la cuenta individual).
  • Ingresar al sitio web de la AFC y entrar la Sucursal Virtual. Si no tienes clave, la puedes crear en el siguiente enlace.
  • Seleccionar la opción Cobro del Seguro y luego hacer click en Solicitar cobro del seguro.
  • Ingresar clave de seguridad, completar los datos requeridos y adjuntar los documentos solicitados.
  • Una vez revisada la solicitud, recibirás un correo electrónico que indicará si la solicitud fue aprobada o rechazada, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles.

Forma presencial

  • Reunir los antecedentes requeridos (Mantener la condición de cesante y tener seis cotizaciones, para contratos a plazo fijo, o 12 cotizaciones, para contratos a plazo indefinido, en la cuenta individual).
  • Dirigirse a una sucursal de la AFC. Aquí puedes revisar la más cercana a tu ubicación.
  • Explicar el motivo de la visita, que en este caso es para solicitar el pago del Seguro de Cesantía.
  • Entregar los antecedentes y documentos requeridos.
  • Si la solicitud es aprobada, le informarán la fecha y modalidad del pago.