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Acreencias Bancarias 2020: Quedan pocos días para cobrar los montos "olvidados" en los bancos

  • Por Meganoticias

Cada año, durante el mes de marzo los bancos publican la lista de personas que cuentan con acreencias bancarias en su entidad, lo que corresponde a montos no cobrados que permanecen por años sin ser retirados por sus dueños.

Miles de personas acumulan montos a su favor, los que incluso pueden ser cantidades millonarias, y no lo saben. El problema para ellos es que cada año, a fines de enero, vencen las acreencias bancarias de períodos anteriores, por lo que quienes no cobren su dinero podrán perderlo definitivamente.

"Transcurridos tres años desde el mes de enero en que corresponda formar la lista, la acreencia correspondiente caducará y se extinguirán a su respecto todos los derechos del titular, debiendo la institución financiera enterar las cantidades correspondientes, deducidos los gastos de publicación en su caso, en la Tesorería Regional o Provincial que corresponda a su domicilio principal", dice la Ley.

Para este año, el próximo viernes 31 de enero expiran los montos que fueron reportados por las instituciones financieras durante la misma fecha, pero del año 2017

¿Cómo saber si tengo acreencias bancarias?

Cualquier persona natural puede consultar si es que cuenta con Acreencias Bancarias. Para revisar si hay montos no cobrados se debe ingresar al sitio web acreencias.clientebancario.cl e ingresar el nombre completo del interesado.

El sistema habilitado por la SBIF entrega información inmediata sobre el proceso de Acreencias 2017-2019. Si alguna persona encuentra su nombre en el listado y no ha cobrado esta acreencia, debe contactarse con el banco que entrega la información para recuperar el monto allí indicado.

Tanto la gestión de búsqueda de información en el sitio web como la gestión de cobro en cada banco es gratuita y se puede realizar en forma personal.

¿Pierdo las acreencias si no las cobro?

Si el dinero informado en el proceso de acreencias no es cobrado, termina en las arcas del Fisco. Para evitar perder su dinero, el titular tiene tres años para acercarse al banco a regularizar su situación y recibir el dinero de las acreencias bancarias.

Pese a esto, hay ciertos fondos que no tienen fecha de caducidad (es decir, siempre siguen a nombre de sus dueños y no pasan al Estado).

No se aplica a:

  • Depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática.
  • Boletas o depósitos de garantía sin fecha de vencimiento.
  • Sumas recibidas por cheques viajeros, y en los casos en que haya retención, prenda o embargo sobre los dineros correspondientes.