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Inscripción de mascotas: ¿Cómo registrar a perros y gatos sin el chip?

  • Por Meganoticias

El próximo martes 12 de febrero se termina el plazo para que los dueños de animales de compañía registren a sus mascotas, en el marco de la Ley de Tenencia Responsable más conocida como "Ley Cholito".

La Ley indica que deberán ser inscritos en el Registro Nacional de Mascotas perros y gatos sin importar raza ni tamaño. Para ello, los animales deben tener implantado un microchip que cuenta con un código de 15 dígitos, los que corresponden número de identificación del animal.

Aunque el chip es un requisito fundamental para registrar al animal, la Ley también permite otros métodos de identificación externos como collar, chapita tatuaje u otro método.

Según información del sitio Registra Tu Mascota, para inscribir a un animal de compañía sin chip se debe realizar el trámite en el respectivo municipio. "Una vez aprobada su solicitud se le asignará un código de identificación (...) de 6 dígitos alfanuméricos, el que deberá constar de modo permanente e indeleble en el dispositivo externo de identificación de su mascota", afirma el portal.

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¿CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE?

Para registrar a un animal sin chip se debe ingresar a la plataforma de registro y completar el formulario habitual. En la sección "Tipo de Identificación" se debe seleccionar la opción "Externo". Al apretar esta opción aparecerá el mensaje: "Una vez aprobada su solicitud se le asignará un código de identificación".

Luego se deben completar todos los campos como: nombre el animal, raza, sexo, dirección del animal, entre otros.

Finalizado con éxito el proceso de registro (esto es cuando el funcionario municipal apruebe la solicitud), el sistema enviará, al correo electrónico del usuario, un código de 6 dígitos alfanuméricos, el que deberá constar de modo permanente e indeleble en el dispositivo externo de identificación de su mascota, que puede ser un collar, chapita o tatuaje.

Además, el trámite puede realizarse presencialmente en la municipalidad respectiva. Quienes opten por esta modalidad se les entregará el código al finalizar dicho trámite.

En ambas modalidades de registro (en línea y presencial) es necesario adjuntar/acompañar el Comprobante de Existencia del animal que debe ser completado y firmado por un médico o técnico veterinario.